Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia que la demandada lesionó sus derechos al trabajo, a la continuidad y a la estabilidad laboral, por cuanto sin que exista proceso previo y sin considerar que goza de inamovilidad laboral por tener bajo su dependencia un hijo con discapacidad, procedió a despedirla de manera injustificada de su fuente laboral mediante el Memorando CPAP-DIR.ADM-MED-101-2016, razón por la cual acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba, instancia que emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 58/2017 -reincorporación-, la cual no fue cumplida por la parte empleadora.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado u omisión denunciados como lesivos
- el acto lesivo denunciado debe ser restituido antes de la citación con el Auto de admisión de la acción de amparo constitucional.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR