Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
II.2.
II.2. A través de la Resolución 134/2017 de 26 de abril, los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dejaron sin efecto la Resolución 158/2016, ordenando que la autoridad judicial hoy demandada emita un nuevo fallo subsanando la totalidad de los defectos “…que se han hecho notar en la resolución emitida por la Sala (…) adecuar su trámite sobre el pedido de cesación a la detención preventiva a las normas de índole constitucional, leal y a la jurisprudencia citada por este Tribunal de Apelación” (sic [fs. 40 a 44 vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 6
- I.2.3. Resolución
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- 1)
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- se podrá acudir ante la jurisdicción constitucional a través del recurso de amparo constitucional, que, como se ha señalado, es el recurso idóneo para precautelar las lesiones a la garantía del debido proceso; a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones al debido proceso invocadas, se colocó al recurrente en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Jurisprudencia reiterada sobre la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- i)
- el rechazo en reiteradas oportunidades e incumplimiento de los plazos procesales por la autoridad judicial demandada respecto a la solicitud de cesación de la detención preventiva,
- Respecto a la problemática identificada en el inc. ii)
- Fragmento 20
- Respecto al señalamiento de la audiencia de acción de libertad por parte de la Jueza de garantías