SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0837/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,

La uniforme jurisprudencia emitida por este Tribunal, contenida -entre otros fallos- en la SCP 0294/2012 de 8 de junio, que su vez cita a la  SC 1358/2003-R de 18 de septiembre, sostuvo que la acción de amparo constitucional: “‘no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias, lo que significa que sólo se activa en aquellos casos en los que se supriman o restrinjan los derechos fundamentales o garantías constitucionales, por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas’” (las negrillas nos pertenecen).