Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
CONFIRMAR en todo
Por lo expuesto, el Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en todo la Resolución de 6 de julio de 2017, cursante de fs. 1371 a 1374, pronunciada por la Jueza Pública de Familia Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, en base a los fundamentos jurídicos precedentemente desarrollados.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Actos consentidos como causal de improcedencia
- y que dichos aspectos o actos vulneratorios, sean de conocimiento del accionante, y este no hubiese interpuesto dentro del término legal, ninguna acción para tratar de restituir los derechos o garantías vulnerados;
- III.2.
- la demandante que no se presentó dentro el saneamiento
- CONFIRMAR en todo