SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
II.4.
II.4. La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, mediante Sentencia Nacional Agroambiental S2 088/2016 de 31 de agosto, declaró probada la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Mirtha Encarnación Jiménez Bejar, Directora General de DIRCABI, contra Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y César Hugo Cocarico Yana, Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, en consecuencia nula la RS 07476 de 31 de mayo de 2012, sólo en relación a la parcela “457”, anulando obrados hasta “fs. 058 inclusive de los antecedentes remitidos por el INRA”, debiendo el INRA realizar un nuevo informe en conclusiones en apego a la Constitución Política del Estado (fs. 853 a 865 vta.). Determinación que fue notificado a los accionantes el 12 de septiembre de 2016 (fs. 867).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Actos consentidos como causal de improcedencia
- y que dichos aspectos o actos vulneratorios, sean de conocimiento del accionante, y este no hubiese interpuesto dentro del término legal, ninguna acción para tratar de restituir los derechos o garantías vulnerados;
- III.2.
- la demandante que no se presentó dentro el saneamiento
- CONFIRMAR en todo