Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0923/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
a)
El accionante mediante su abogada, en audiencia señaló: a) No se valoró correctamente la prueba en el proceso administrativo, vulnerando el debido proceso; y, b) No se transgredió los bienes protegidos de la ANB; toda vez que, la mercadería fue sujeta a control aduanero en el canal rojo “…existiendo únicamente una diferencia en el certificado de unimed, es por ello que se solicitó se corrija dicho error conforme a la normativa antes de la emisión de las actas de intervención…”(sic); sin embargo, le atribuyeron el delito de contrabando, con el argumento de que la mercancía no tiene documentación que lo respalde.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- incurrieron en inobservancia absoluta del Código Tributario Boliviano, su Reglamento y procedimientos administrativos que rigen la actividad aduanera
- III.1. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.2. La doctrina de las auto restricciones constitucionales, respecto a la valoración de la prueba, a la interpretación de la legalidad ordinaria y a la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, vinculada a las primeras
- interpretación de la legalidad ordinaria
- incurrió en inobservancia absoluta del Código Tributario Boliviano
- manera arbitraria mutilaron las parágrafos I y II del Art. 181 del CTB, con el propósito de manipular el verdadero alcance de dicha norma
- en el proceso administrativo no se valoró correctamente la prueba,
- CONFIRMAR en todo