SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0941/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, por su representado, estiman que las Vocales demandadas vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus componentes correcta valoración de las pruebas, motivación y congruencia de las resoluciones, al considerar que, al estar privado de su libertad como consecuencia de una resolución de aplicación de medidas cautelares, solicitó la cesación de su detención preventiva, acompañando prueba a efectos de demostrar la existencia de domicilio, familia y trabajo; sin embargo, el Tribunal de Sentencia Penal que conoce la causa, sin realizar una adecuada valoración de las pruebas, rechazó su petición; consiguientemente, interpuso recurso de apelación incidental, mismo que motivó el pronunciamiento del respectivo Auto de Vista, en el que las autoridades ahora demandadas incurrieron en una defectuosa valoración de las pruebas y consignaron aspectos no previstos en el recurso de apelación incidental, lo que provocó que la decisión sea incongruente y lesivo al debido proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto a la tutela del debido proceso mediante la acción de libertad
- En ese entendido, bajo una interpretación literal de dichas normas, pero también atendiendo a una interpretación teleológica de las mismas, debe señalarse que la garantía del debido proceso en materia penal es tutelable por la acción de libertad, aún no exista una vinculación directa con el derecho a la libertad física o personal, siendo suficiente la existencia de una relación indirecta con dicho derecho ante la amenaza de privación de libertad que el proceso penal supone
- En este contexto, corresponde reconducir al entendimiento asumido anteriormente por las SSCC 0219/2004-R de 19 de octubre y 1865/2004-R de 1 de diciembre
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR