SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0952/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
Fragmento 17
Ante esa situación y estando ejecutoriada la Sentencia 12/09 emitida dentro del proceso de despojo, Paula Fanny Menacho Salazar presentó nueva demanda de reparación de daño contra Teresa Jaqueline Gómez de Coca, que fue conocida por el Juez Noveno de Sentencia Penal y Anticorrupción, Violencia contra la Mujer, circunstancia en la cual la parte demandada interpuso incidente de nulidad de obrados denunciando la falta de notificación con el Auto de Vista 19 de 15 de abril; es decir, aquel por el que se declaró improcedente la apelación restringida dentro del fenecido proceso de despojo; por lo que, tal pretensión fue rechazada a través de la Resolución 552 de 14 de noviembre de 2016, motivando que la accionante formule recurso de apelación incidental impugnando la citada Resolución; razón por la cual, los Vocales de la Sala Penal Tercera por Auto de Vista 09 de 25 de enero de 2017, declararon admisible e improcedente la apelación incoada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- subsidiariedad, conforme lo establece el art. 129 de la Ley Fundamental
- amparo constitucional instituido como una garantía constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- CONFIRMAR en todo