Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2017-S3
Fecha: 01-Sep-2017
II.3.
II.3. Mediante Auto de 12 de julio de 2017, la autoridad ahora demandada dispuso la revocatoria de las medidas sustitutivas del ahora accionante imponiéndole detención preventiva, señalando que una vez “…depositado los tres mil quinientos bolivianos, se procederá a levantar la medida de revocatoria, para que el imputado se defienda en libertad” (sic [fs. 53 a 54]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- “REVOCATORIA Y SUSTITUCIÓN”
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i)
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- Fragmento 16
- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas
- 1)
- CONFIRMAR