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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2017-S3

    Fecha: 18-Sep-2017

    II.2.

    II.2.  Cursa certificación de un pasaje aéreo utilizado por el ahora accionante el 31 de enero de 2017, en el tramo Cochabamba-La Paz; asimismo, un certificado médico sobre una revisión realizada a Lidia Muriel Mercado -madre del hoy accionante- el 1 de febrero de igual año, que indica la internación de la paciente del 1 al 8 de ese mes y año con reingreso del 10 al 12 del citado mes y año (fs. 6 y 7).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • ACTO ILEGAL
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • II.6
    • III.
    • siempre y cuando no exista otro medio legal para ello.
    • Que conforme lo ha señalado este Tribunal, la subsidiariedad del amparo constitucional debe ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre
    • las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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