Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.3.
II.3. A través de Memorando 229/2015 de 26 de enero, Lucio Fuentes Hinojosa, Presidente del Tribunal Agroambiental -hoy demandado-, en mérito a la nueva estructura del Órgano Judicial para el 2015, comunicó al hoy accionante que fue reasignado en el cargo de Notificador del Juzgado Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca desde el 1 de enero de igual año (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Sala Plena
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR