Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0927/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
II.6.
II.6. Consta la RA TA-RR 02/2017 de 6 de enero de Sala Plena , emitida por Javier Peñafiel Bravo, Lucio Fuentes Hinojosa, Juan Ricardo Soto Butrón, Bernardo Huarachi Tola, Paty Yola Paucara Paco, Deysi Villagómez Velasco, Magistrados del Tribunal Agroambiental -ahora demandados- dentro del recurso de revocatoria interpuesto por el hoy accionante contra el Memorando 133/2017, mismo que dispuso la cesación de funciones del nombrado en el cargo de Notificador del Juzgado Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca, confirmándolo (fs. 16 a 17 vta.), Resolución que fue notificada al accionante el 13 de enero de 2017 (fs. 18).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Sala Plena
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la fundamentación de las resoluciones
- cada autoridad que dicte una Resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma.
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR