SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0950/2017-S2

Fecha: 18-Sep-2017

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Fanny Catarí Cruz e Ismael Ton Isla Cruz, a través de su abogado, en audiencia señalaron, que se ha llevado a cabo un proceso de rendición de cuentas basado en el art. 366 del Código de Comercio (Ccom), respecto a la ausencia de formalidades, no es necesario plasmar en un documento la asociación accidental, por el contrario es el accionante, quien no obstante ser pariente consanguíneo de Fanny Catarí Cruz, actúa de mala fe, tuvieron que recurrir a un proceso de rendición de cuentas de carácter contencioso donde se ha demostrado que el accionante, recibió 7 000 t de minerales de óxido de plata y que él tenía la facultad de comercializarlo. Los actuados realizados, se efectuaron dentro el marco del debido proceso y las garantías constitucionales, lejos de que el accionante intentara un acuerdo, su actitud siempre fue de oposición, habiendo apelado toda resolución judicial; por lo que negaron rotundamente los argumentos que sostiene en el presente amparo constitucional.