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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0956/2017-S3

    Fecha: 20-Sep-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Resolución
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
    • III.2.  El derecho a una resolución fundamentada y motivada: su contenido esencial en el Estado Constitucional de Derecho
    • Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia
    • La exigencia de una resolución motivada también tiene la finalidad de permitir el control de la actividad jurisdiccional o la actividad decisoria de todo órgano o persona, sea de carácter público o privado por parte de la opinión pública
    • toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
    • no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • En cuanto a la remisión en consulta de la Sentencia 32/2015
    • III.4.  Otras consideraciones
    • como sujeto procesal de pleno derecho en todas las acciones judiciales, extrajudiciales o administrativas, sea en resguardo de la soberanía, de los bienes del patrimonio e intereses del Estado
    • CONFIRMAR en parte
    • 2°  Disponer

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