Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0959/2017-S3
Fecha: 20-Sep-2017
II.1.1.
II.1.1. Por Auto de Vista 131/2015 de 26 de noviembre, los Vocales de la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar y Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvieron el recurso de apelación presentado por la ahora tercera interesada, resolviendo confirmar parcialmente la Sentencia 110/2014 con la modificación de que se declare la ganancialidad de $us5 000.- (cinco mil dólares estadounidenses) aclarados en la Escritura Pública 880/2012 y la ganancialidad del motor adquirido por la suma de Bs3 000.- (tres mil bolivianos), manteniéndose inalterable la Sentencia en todo lo demás, sin costas (fs. 11 a 13).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- a)
- Fragmento 7
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión por parte de la jurisdicción constitucional de valoración de la prueba efectuada por jueces o tribunales de la jurisdicción ordinaria. Jurisprudencia reiterada
- III.2.
- CONFIRMAR