Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0990/2017-S3
Fecha: 29-Sep-2017
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante a través de sus representantes denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a los principios de seguridad jurídica, a la legalidad, a la presunción de legitimidad, pleno sometimiento a la ley y de jerarquía normativa, citando al efecto los arts. 115.II, 178, 232 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es un instrumento procesal adicional ni casacional dentro del proceso ordinario
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR