SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0992/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

II.7.

II.7. Mediante Conminatoria  MTEPS/JDTCBBA/ 70/2017 de 19 de abril, el Jefe Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Cochabamba -hoy tercero interesado- conminó a la parte empleadora a reincorporar en el plazo de tres días a los ahora accionantes, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales prohibiendo toda clase de acoso laboral y discriminación en su contra. Figuran en dicha Conminatoria -última hoja- los dos sellos de recepción en Secretaría de ese ente municipal a horas 9:51 del 24 de abril de igual mes y año, así como las diligencias de notificación con esa determinación en esa fecha a la referida institución municipal (fs. 32 a 36); asimismo, cursa Informe MTEPS/JDTCBBA/INF. 1018/17 de 26 de mayo de 2017 expedido por el Inspector Departamental de Trabajo del indicado departamento en virtud del cual se informó que la parte empleadora no dio cumplimiento a la Conminatoria citada supra (fs. 38).