SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

III.1. Jurisprudencia reiterada sobre el cumplimiento de las conminatorias emitidas por las Jefaturas Departamentales del Trabajo

En cuanto al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0366/2015-S3 de 10 de abril, citando a su vez a la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, señaló que: En relación al cumplimiento de las conminatorias de reincorporación por parte de los empleadores y la facultad que tienen los trabajadores de acudir a la justicia constitucional solicitando el cumplimiento efectivo de las mismas y atendiendo la normativa laboral que regula el despido injustificado de trabajadores, la SCP 0177/2012 de 14 de mayo, sostuvo que: ‘1) En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.