SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1049/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 31 de julio de 2017, cursante de fs. 617 a 622, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Martha Gloria Monje Martínez, Jorge Emilio Quintanilla Aguirre, Elisabeth Cuentas de Carrión, Patricia Toya del Pilar García Gonzales, Mauricio Tito Prudencio Aranda, Edmundo Dante Álvarez Duran, Benito Mario Álvarez Duran, Carla Paola Andrea Pellegrini Velasco, Sandra Helen Navarro Álvarez, Irene Rosario Schmitter de Quezada y Lizeth Priscila Álvarez Bozo esta última en representación legal de Paola Vanesa, Oscar Mario y Yoseline Ingrid Álvarez Frontanilla contra Valentín Limachi Mamani, Javier Antonio Choque Quispe, Víctor Sebastián Mamani Mamani, Macario Alvarado Mamani, Javier Antonio Choque Aguilar y Alberto Domingo Ramos Cruz.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- por lo que inclusive el recurrido y otras personas han incoado demanda interdicto de retener la posesión-…”
- III.4. Sobre los derechos controvertidos
- Fragmento 19
- 7 de marzo de 2017
- CONFIRMAR