AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2018-CA

Fecha: 02-Oct-2018

Fragmento 17

En relación al segundo aspecto, referido a que corresponde a este Tribunal revisar las normas impugnadas, por cuando las mismas permiten cobros excesivos, cabe mencionar que, si bien el examen y revisión de las normas tildadas de inconstitucionalidad corresponde como función principal al Tribunal Constitucional Plurinacional por mandato imperativo de la norma Suprema; empero esta función está condicionada a que en la demanda se expongan de manera fundada, clara y precisa la pretensión, explicando en qué medida el contenido normativo demandado de inconstitucional infringe preceptos constitucionales.