AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2018-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0315/2018-CA

Fecha: 02-Oct-2018

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2018, cursante de fs. 102 a 105 vta., los accionantes impetran se promueva la acción de inconstitucionalidad concreta, respecto de los arts. 12, 13, 14, 15 y 16 del RPACCA, debido a que, en la sustanciación de un proceso arbitral seguido contra sus personas ante este Tribunal; se emitió el Auto 1, Arbitraje 324 de 7 de septiembre de 2018, cuyo punto 4 de su parte resolutiva determinó que la Dirección Ejecutiva de la Cámara de Industria y Comercio (CAINCO) regule honorarios y gastos arbitrales aplicando su arancel respecto a la cuantía mayor presentada por las partes al Tribunal Arbitral en la suma de $us11 500 000,00 (once millones quinientos mil 00/100 dólares estadounidenses); como efecto de ello, la Secretaría del Tribunal Arbitral 324, solicitó a través del oficio 2072CCA113/2018 de 7 de  septiembre la determinación de honorarios profesionales; ante cuya solicitud la Directora Ejecutiva – CCAC a.i. por Resolución 87 de la Dirección Ejecutiva –CCAC Proceso Arbitral 324 de 7 de septiembre de 2018, calificó como honorarios del Tribunal Arbitral de la CAINCO la suma astronómica de $us187.450,00 (ciento ochenta y siete mil, cuatrocientos cincuenta 00/100 dólares estadounidenses), todo ello con el apercibimiento de que la parte que incumpla  el pago de alguna cuota dentro de plazo establecido, será sancionada conforme el art. 14.1 del RPACCA, vale decir que el monto se incrementará en 100%,  fijándose esta sanción en el laudo arbitral. Afectando por ello su derecho a tener un proceso con gratuidad.