SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2018-S3

Fecha: 22-Oct-2018

denegó

El Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 15/2018 de 17 de agosto, cursante de fs. 233 a 236, denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) El Ministerio Público en la etapa investigativa cumple el rol de dirigir y desarrollar la investigación preservando el respeto de los derechos y garantías constitucionales, en esta función promueve la coherencia en la investigación policial, que se activó por denuncia o de oficio respecto a una probable comisión de un delito; en este marco jurídico, el Fiscal Departamental de La Paz, por Resolución FDLP/EJBS/R-1387/2017, revocó las Resoluciones de Rechazo LMM/747/16 y su complementaria OAMC/17, última que se emitió en observancia del “…INSTRUCTIVO RJPG/DGSE N° 078/2013…” (sic); b) Los Fiscales de Materia codemandados, únicamente cumplieron la determinación jerárquica, y recepcionaron la declaración informativa del ahora accionante, y presentaron el requerimiento de imputación formal ante el aludido Juez de Instrucción Penal Décimo de la Capital de dicho departamento; c) El Ministerio Público pronunció sus resoluciones dentro de sus competencias y atribuciones; por lo que, la acción de libertad no puede ser utilizada para pretender la revisión de resoluciones y menos para establecer si se valoró correctamente la prueba o los motivos que fundaron la decisión, siendo facultad exclusiva de las autoridades que conocen el proceso; y, d) No se agotaron los medios intraprocesales que dispone la norma Adjetiva Penal, en ese sentido la jurisprudencia constitucional refirió en las “…SSCC 1939/2011-R y SSCC 0160/2005…” (sic), el principio de subsidiariedad en acción de libertad, por lo que previamente debió acudirse a la autoridad judicial precitada.