Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0565/2018-S3
Fecha: 22-Oct-2018
II.1.
II.1. Por medio de la Resolución de Rechazo LMM/747/16 de 20 de septiembre de 2016, Leonor Meneces Molina, Fiscal de Materia, rechazó la denuncia interpuesta por Gonzalo Benigno Uscamayta Gonzales contra “…los autores…” (sic), por el delito de apropiación indebida de fondos financieros, tipificado en el art. 363 quater inc. c) del Código Penal (CP [fs. 30 a 31 vta.]).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- CONFIRMAR