SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0570/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde el 1 de septiembre de 1999, desempeñó las funciones laborales como acopiador de leche en PIL ANDINA S.A. en la localidad de Warnes del departamento de Santa Cruz; sin embargo, de manera sorpresiva procedieron a despedirle mediante el Memorándum RR-HH-SC/0048/17 de 16 de diciembre de 2017, arguyendo el incumplimiento del Contrato de Trabajo -de 31 de agosto de 1999- y la consiguiente aplicación de los arts. 16 inc. e) de la Ley General de Trabajo (LGT) y 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario, por el presunto extravío de cuatro papeletas de los productores de leche; empero, al no haberse realizado ningún proceso sumario interno para proceder con su desvinculación laboral, recurrió a la Jefatura Departamental de Trabajo Santa Cruz, pidiendo su reincorporación y el resguardo de su derecho al trabajo, la estabilidad en su fuente laboral y la tutela de la inamovilidad como padre de un niño menor de un año, aspectos que no fueron considerados para su despido. En dicho contexto, la entidad de protección de las y los trabajadores, emitió la Conminatoria de Reincorporación JDTSC/CONM 08/2018 de 8 de febrero, pero lamentablemente el empleador no cumplió aquella orden, provocándole mayor afectación a sus derechos fundamentales y los de su familia, que se vieron privados del seguro de salud y de los medios de subsistencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.4.
- II.5
- III.
- III.1. La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación y el progenitor hasta que la niña o el niño cumpla un año de edad
- III.2. La conminatoria sobre reincorporación laboral en la vía administrativa y su cumplimiento en sede constitucional
- si alguna autoridad o empleador no se hallan de acuerdo con las medidas asumidas por las Jefaturas Departamentales de Trabajo, pueden refutar las mismas
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR