SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0573/2018-S3

Fecha: 31-Oct-2018

Una Secretaria o un Secretario: Oficial o Suboficial de profesión Abogada o Abogado

De lo precedentemente desarrollado, se evidencia que para ser designado Presidenta o Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental, el funcionario debe contar con el grado de Coronel DESP del servicio activo, con preferencia abogada o abogado; y para ser Secretaria o Secretario, deberá ser Oficial o Suboficial de profesión abogada o abogado.

En cuanto se refiere a la Fiscalía Policial, el art. 38 de la citada Ley señala que la misma: “…tiene por finalidad defender los intereses institucionales, su prestigio, imagen, principios y normas, en todo el territorio del Estado; asimismo, promover la acción disciplinaria administrativa, dirigir las investigaciones velando por su legalidad, con independencia funcional, objetividad, celeridad y transparencia, respetando los derechos humanos y garantías constitucionales de los procesados”.