SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2018-S3

Fecha: 26-Oct-2018

Fragmento 13

Lo anteriormente citado, fue desarrollado con mayor amplitud, por la SC 1412/2011-R de 30 de septiembre, al establecer que: ‘…conforme al texto constitucional, se concluye que el objeto de tutela de esta acción está vinculado a garantizar el cumplimiento de un deber contenido en: a) Normas constitucionales, las cuales, como se ha visto, tienen un valor normativo inmediato y directo y a cuya observancia están obligados los servidores públicos y los particulares [art. 9 inc. 4,); 108 incs. 1), 2) y 3); y, 410 de la CPE]; b) La Ley, entendida no en el sentido formal            -como originada en el órgano legislativo- sino material, sin importar la fuente de producción, abarcando, por tanto, a Decretos Supremos, Resoluciones Supremas, la legislación departamental y municipal, a cuyo cumplimiento también se obligan los particulares y los servidores públicos (arts. 14.V y 108 inc. 1) de la CPE)’.