Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0620/2018-S2
Fecha: 08-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el proceso monitorio de entrega de inmueble, el accionante opuso excepción de falta de legitimación pasiva para ser demandado, la cual fue declarada improbada y confirmada mediante Auto de Vista 314/2017, Resolución que refiere vulnera su derecho al debido proceso en sus componentes de fundamentación y motivación; toda vez que, en sus argumentos, los Vocales ahora demandados, expresaron sus criterios sin sustentar la misma en una norma legal que avale o respalde su decisión, que se asemeja a una misiva o carta sin fundamentos de hecho y derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la cual establece como exigencia del debido proceso, que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- CONFIRMAR