SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2018-S1
Fecha: 15-Oct-2018
II.2.
II.2. En audiencia de 26 de abril de 2018, la Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera de Cotoca del departamento de Santa Cruz, ahora demandada, resolvió el incidente de impersonería planteado por la defensa del hoy accionante, rechazando el mismo (fs. 239 vta.). Así como también emitió la Resolución 50/2018, mediante la cual dispuso la detención preventiva del nombrado en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, a ser cumplida en el sector de aislamiento PC-7, en diferente pabellón o recinto de la parte civil denunciante, y en un lugar distinto de aquellas personas que cumplen una sentencia condenatoria, medida cautelar asumida en aplicación de los arts. 233.1 y 2; 234.1 y 2; y, 235.1 y 2 del CPP (fs. 241 a 242).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- c)
- denegó
- iv)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR