SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2018-S1

Fecha: 22-Oct-2018

II.2.

II.2.  En virtud al informe de 6 de febrero de 2018, presentado por la autoridad señalada, este indicó entre otras cosas que en audiencia de continuación de juicio oral de 27 de noviembre de 2017, el accionante debió producir su prueba documental de descargo; sin embargo, debido a que                       mencionó que se encontraba mal de salud, se suspendió tal actuado, por otra parte, señaló que en audiencia de juicio oral de 5 de febrero de 2018, en la cual debía continuarse con la producción de la prueba de descargo, la defensa, como el accionante solicitaron la consideración del incidente de actividad procesal defectuosa, buscando la exclusión de su persona del proceso, a pesar que por Secretaría se informó que no se realizaron las notificaciones a la parte acusadora con el indicado incidente y que debido a la insistencia del nombrado para que sea considerado el mismo, hasta el punto de interferir la audiencia; se tuvo que disponer su arresto por tres horas, conforme lo dispuesto por el art. 339 del CPP, como medida disciplinaria, lo que le permitió dar continuidad con el juicio señalado        (fs. 25 y vta.).