Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2018-S4
Fecha: 16-Oct-2018
ii.
ii. El 16 de julio de 2018, el impetrante de tutela reiteró su solicitud con relación al otrosí primero del anterior memorial. Dando lugar al decreto de 18 de ese mismo mes y año, por el que, se determinó lo siguiente: “El memorial presentado pase a conocimiento de la representación Fiscal” (sic.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del recurso de reposición en materia penal
- la interposición del recurso de reposición no es exigible en aquellos casos referidos a dilaciones injustificadas o denegación de justicia por parte de las autoridades jurisdiccionales, siendo viable acudir directamente a la presente acción a efectos de solicitar la tutela al derecho y garantía al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- i.
- ii.
- iii.
- CONFIRMAR