Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2018-S4
Fecha: 16-Oct-2018
II.2.
II.2. Rodolfo Quilo Solíz, mediante memorial presentado el 22 de junio de 2018, solicitó a la Jueza ahora demandada, señalamiento de audiencia de constitución de garantes e impetró la elaboración de mandamiento de arraigo y de la diligencia de notificación al Comando Departamental de la Policía de Oruro, a efectos de proceder con la detención domiciliaria (fs. 3), mereciendo decreto de 26 de junio de 2018, por el que se aceptó su apersonamiento y se señaló audiencia de consideración y admisión de garantes personales para el 4 de julio de 2018 (fs. 4).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Del recurso de reposición en materia penal
- la interposición del recurso de reposición no es exigible en aquellos casos referidos a dilaciones injustificadas o denegación de justicia por parte de las autoridades jurisdiccionales, siendo viable acudir directamente a la presente acción a efectos de solicitar la tutela al derecho y garantía al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- i.
- ii.
- iii.
- CONFIRMAR