Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
harían procedente una acción de libertad preventiva
Ahora bien, y conforme se acredita del Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo; la SC 0044/2010-R, estableció que la persecución ilegal o indebida comprende dos supuestos, órdenes de detención al margen de los casos previstos por ley, e incumpliendo los requisitos y formalidades de la ley; y hostigamiento sin que exista motivo legal, ni orden de detención emitida por autoridad competente; extremos que, en el primer de los casos harían procedente una acción de libertad preventiva a objeto de impedir que una lesión no se produzca; y en el segundo de ellos, la acción de libertad restringida, ante limitaciones, perturbaciones y hostigamientos al derecho a la libertad, limitando su ejercicio.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad; reconducción de línea jurisprudencial
- III.2.
- reparador, preventivo y correctivo;
- restringido, instructivo y traslativa o de pronto despacho,
- III.3. Análisis del caso concreto
- el objeto
- harían procedente una acción de libertad preventiva
- se constituye en un mandamiento de aprehensión al margen de los casos previstos por Ley;
- CONFIRMAR en parte