SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0660/2018-S2
Fecha: 15-Oct-2018
III.2.
El Tribunal Constitucional y el Tribunal Constitucional Plurinacional, desarrollaron los siguientes precedentes constitucionales en relación a la persecución ilegal o indebida y sus presupuestos de concurrencia; en ese orden la SC 0419/2000-R de 2 de mayo, estableció respecto a la persecución ilegal que se entiende: “por ésta la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella”, de similar forma las SSCC 0266/2001-R, 0379/2001-R, 0384/2001-R y 1287/2001-R, reafirmaron uno de los primeros entendimientos asumidos por el Tribunal Constitucional, respecto a la persecución ilegal o indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y su vinculación con el derecho a la libertad; reconducción de línea jurisprudencial
- III.2.
- reparador, preventivo y correctivo;
- restringido, instructivo y traslativa o de pronto despacho,
- III.3. Análisis del caso concreto
- el objeto
- harían procedente una acción de libertad preventiva
- se constituye en un mandamiento de aprehensión al margen de los casos previstos por Ley;
- CONFIRMAR en parte