Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0671/2018-S2
Fecha: 17-Oct-2018
2° Disponer
2° Disponer que la autoridad demandada tramite y resuelva el recurso de reposición interpuesto por el accionante contra la providencia de 30 de enero de 2018, conforme dispone el art. 402 del Código de Procedimiento Penal, salvo que dicha actuación ya se hubiese cumplido; considerando que no consta en el cuaderno procesal el Auto de 8 de mayo de 2018, que hubiese emitido la autoridad jurisdiccional; y,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. El debido proceso y su vertiente de aplicación objetiva de la ley
- SCP
- III.2. La cesación de los efectos del acto reclamado o teoría del hecho superado
- III.3. Análisis del caso concreto
- admisión
- REVOCAR
- 2° Disponer