Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2018-S3
Fecha: 10-Oct-2018
a)
Solicitó se conceda la tutela y se disponga: a) Dejar sin efecto las Resoluciones DIR-DAF 06/2018, R-03/2018 y Memorando DIR. GRAL.ADM.FIN.(PER) 091/2018; b) “…mi restitución y reincorporación a mi fuente laboral de forma inmediata en el mismo cargo, remuneración y mismas condiciones antes de la Cesación de Funciones…” (sic); y, c) El pago de haberes devengados, subsidio prenatal, bono de nacido vivo, subsidio de lactancia, se garantice la atención medica en el seguro social hasta que la menor cumpla un año de edad; y, el pago de costas procesales, daños y perjuicios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- reconocerse que tampoco es absoluto
- la jurisprudencia de este Tribunal
- disuelta la relación laboral
- la previsión constitucional contenida en la parte final del art. 48.VI de la CPE, debe ser interpretada en función al criterio teleológico y al principio de eficacia máxima de los derechos fundamentales.
- Consecuentemente, disuelto el vínculo laboral y teniendo presente que el empleador del sector público o privado se encuentra compelido u obligado a continuar con la prestación de subsidios al ser en gestación o, al niño o niña hasta que cumpla un año de edad
- III.3.
- selección de personal provisional