SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0861/2018-S3
Fecha: 10-Oct-2018
II.3.
II.3. Por Nota MG/DGRP 1770/STRIA-565/2018 de 27 de junio, Jorge Valentín López Arenas, Director General de Régimen Penitenciario dependiente del Ministerio de Gobierno, puso a conocimiento de Adan Willy Arias Aguilar, Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el “…CITE: OFICIO Nº176/18 emitida por el Cnl. DESP. Daniel Mérida Balderrama Director Nacional de Seguridad Penitenciaria, donde indica que no se cuenta con personal policial para custodio de la mencionada privada de libertad” (sic) y por decreto de 2 de julio del referido año, se dispuso la remisión de la documentación al Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento señalado, mismo que fue arrimado a sus antecedentes por decreto de 20 de igual mes y año, emitido por la Jueza demandada (fs. 26 y vta.; y, 28).
- Resolución de fecha 1 de diciembre de 2017
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho y la dilación indebida
- se considera acto dilatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva, cuando
- b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial
- c) Se suspende la audiencia de consideración, por causas o motivos que no justifican la suspensión, ni son causales de nulidad. Tal el caso de la inasistencia del representante del Ministerio Público o de la víctima y/o querellante, si es que han sido notificadas legalmente y no comparecen a la audiencia
- III.3. Grupos vulnerables y protección especial y preferente
- todo individuo y en particular los servidores públicos, tienen el deber de asegurar la consolidación de los principios, valores y garantías constitucionales, a través de una ponderación reforzada, que emane del principio de favorabilidad para aquellos sectores poblacionales que son considerados de atención prioritaria como los adultos mayores
- III.4.
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER en parte
- 3º