SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
a)
Los accionantes a través de su abogado, se ratificaron en el memorial de acción de libertad presentado y ampliándolo señalaron que: a) Tomando en cuenta la subsidiariedad excepcional, no corresponde presentar apelación incidental respecto al Auto que niega sus garantes, porque tardaría hasta un mes para su remisión por los traslados correspondientes y cuando se radique en cualquiera de las salas penales transcurrirá otro mes a efectos de la resolución; c) De acuerdo a la SCP 2386/2012 de 22 de noviembre, no se debe confundir la garantía personal con la garantía real porque esta última requiere mayor documentación; y, d) El Auto Interlocutorio cuestionado no hizo mención del porqué los títulos ejecutoriales no tienen validez y la falta de aplicación progresiva y extensiva de la norma, respecto a Macario Vargas Cáceres quien es adulto mayor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1.2.2. Intervención del Ministerio Público
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS
- III.1. Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- III.2. La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad en medidas cautelares de carácter personal
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’
- ‘…tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.3. Grupos vulnerables y protección especial y preferente
- III.4.
- III.5. Reiteración de jurisprudencia sobre la interpretación de la norma contenida en el art. 245 del CPP
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto a Macario Vargas Cáceres
- III.6.2. Respecto a Juaquin Vargas Cáceres
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER