SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2018-S3
Fecha: 31-Oct-2018
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus vertientes debida fundamentación y/o motivación, a la libertad y locomoción, además de “defectuosa valoración de la prueba”; debido a que la autoridad demandada, no tomó en cuenta que la fianza personal, es distinta a la fianza real, además de exigir que los garantes sean “de la ciudad” con títulos inscritos en Derechos Reales (DD.RR.), que tengan documentación que acredite el cambio de nombre, aprobación de línea y nivel con boletas de pago, sin considerar la realidad social y la economía de las comunidades, aspectos que impidieron la efectivización de su libertad como resultado de la revocación y cesación de su detención preventiva, puntualizando que Macario Vargas Cáceres es adulto mayor.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1.2.2. Intervención del Ministerio Público
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS
- III.1. Tutela del debido proceso a través de la acción de libertad
- III.2. La tutela del debido proceso a través de la acción de libertad en medidas cautelares de carácter personal
- a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) Debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’
- ‘…tratándose de medidas cautelares de carácter personal, no es posible exigir la concurrencia del absoluto estado de indefensión como requisito para activar la acción de libertad
- Fragmento 16
- III.3. Grupos vulnerables y protección especial y preferente
- III.4.
- III.5. Reiteración de jurisprudencia sobre la interpretación de la norma contenida en el art. 245 del CPP
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.6.1. Respecto a Macario Vargas Cáceres
- III.6.2. Respecto a Juaquin Vargas Cáceres
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER