III. CONCLUSIONES

Por las razones expuestas, la magistrada que efectúa el presente voto aclaratorio, si bien comparte con lo dispuesto en la parte resolutiva de la Sentencia Constitucional Plurinacional 0046/2018 de 26 de noviembre que declara competente a la justicia indígena originaria campesina; sin embargo, considera que se debió tomar en cuenta las consideraciones de orden doctrinal y jurisprudencial señaladas precedentemente; todo ello, en resguardo del derecho al juez imparcial que tienen las partes como componente de su derecho al debido proceso.