Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2018-S3
Fecha: 26-Nov-2018
II.1.
II.1. Cursa Folio Real del registro de la propiedad inmueble con Matrícula 3.10.1.01.0054105, que en su asiento A-1 consigna a Oscar Miranda Maldonado como propietario del lote de terreno con una superficie de 859 m2, ubicado en la zona de Huayllani del Municipio de Sacaba, provincia Chapare del departamento de Cochabamba, cuyo registro fue realizado el 27 de marzo de 1991 (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- EL AREA DE EQUIPAMIENTO DONDE SE ENCUENTRA CONSTRUIDO LA CANCHA MULTIPLE DE FUTBOL Y EL CENTRO DE SALUD DE HUAYLLANI CHICO
- verificados los planos sectoriales contemplados en el Reglamento de urbanizaciones y subdivisiones del Área Urbana de Cochabamba
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III.
- Fragmento 16
- III.1. El derecho de petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- III.2. A
- REVOCAR en
- 1º CONCEDER en parte
- 2º DENEGAR