Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2018-S3
Fecha: 26-Nov-2018
II.5.
II.5. Cursa también Informe “Inf.D.U. 09/2017” (sic) de 21 de diciembre, emitido por Marcelo Guzmán Anover, Jefe II de Urbanismo y Melitón García Pozo, Topógrafo del Distrito Cuatro, dirigido a Vicente Sejas Maldonado, Subalcalde del mismo Distrito del Municipio de Sacaba; en que se hace constar que el predio remanente, ubicado en la parte sud del que fue declarado Bien Patrimonial Municipal, se encuentra emplazado en áreas verdes, de acuerdo al plano de ubicación del lote signado con el número 11 (fs. 77 a 78).
- acción de amparo constitucional
- EL AREA DE EQUIPAMIENTO DONDE SE ENCUENTRA CONSTRUIDO LA CANCHA MULTIPLE DE FUTBOL Y EL CENTRO DE SALUD DE HUAYLLANI CHICO
- verificados los planos sectoriales contemplados en el Reglamento de urbanizaciones y subdivisiones del Área Urbana de Cochabamba
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III.
- Fragmento 16
- III.1. El derecho de petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- III.2. A
- REVOCAR en
- 1º CONCEDER en parte
- 2º DENEGAR