Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2018-S3
Fecha: 26-Nov-2018
II.2.
II.2. Por memoriales presentados el 27 de junio y 6 de diciembre de 2016, Apolonia Marquina Tapia en representación de Oscar Miranda Maldonado e Inés Zulema López Meneces de Miranda, hicieron conocer al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba, el derecho propietario y pidieron el empadronamiento del inmueble registrado en el Folio Real con Matrícula 3.10.1.01.0054105 (fs. 21 a 22; y, 33 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- EL AREA DE EQUIPAMIENTO DONDE SE ENCUENTRA CONSTRUIDO LA CANCHA MULTIPLE DE FUTBOL Y EL CENTRO DE SALUD DE HUAYLLANI CHICO
- verificados los planos sectoriales contemplados en el Reglamento de urbanizaciones y subdivisiones del Área Urbana de Cochabamba
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III.
- Fragmento 16
- III.1. El derecho de petición y el deber de otorgar respuesta formal y oportuna
- III.2. A
- REVOCAR en
- 1º CONCEDER en parte
- 2º DENEGAR