SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2018-S2

Fecha: 08-Nov-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de Santa Cruz, dispuso la aplicación de medidas sustitutivas en su contra el 17 de mayo de 2018, siendo una de las medidas el depósito de una fianza económica en la suma de Bs50 000.-(cincuenta mil bolivianos), que le resulta de imposible cumplimiento, motivo por el que formuló recurso de apelación, el cual fue remitido el 8 de agosto de igual año, radicado en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia mencionado, en ese entonces, patrocinado por Mary Nelda Saucedo Gutiérrez, quien fijó domicilio procesal en la “Calle D. Orbingni No65 Oficina No2” (sic); en tal contexto, los Vocales codemandados señalaron día y hora de audiencia de consideración del recurso de apelación para el 23 de agosto del año citado a horas 16:30; empero, no le notificaron con el señalamiento de audiencia en la “CALLE BENI No648 EDIFICIO MARY LUZ 1ER PISO OFICINA No5” (sic), por tal razón su defensa no se enteró y tampoco él de la celebración de la audiencia sin poder asumir representación, se dictó Auto de Vista 224 de 23 de agosto de 2018, donde se duplicó la fianza, lo cual es de imposible cumplimiento, dejándolo en total indefensión.

Una vez remitida la causa nuevamente al Tribunal demandado, presentó incidente de actividad procesal defectuosa, el cual fue rechazado, motivo por el que presentó un memorial ante la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, el cual respondió que se habían devuelto los antecedentes al Tribunal de Sentencia y se dispuso remitir dicho memorial al “tribunal de origen”, en tal contexto, el querellante solicitó al indicado órgano jurisdiccional, la revocatoria de las medidas sustitutivas por incumplimiento de la fianza, que fue impugnada, y nuevamente no se le notificó con el señalamiento de audiencia, que debía llevarse el día de interpuesta la acción, 10 de octubre de 2018 a horas 15:30, donde se procederá a ordenar su detención preventiva.