SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0756/2018-S2

Fecha: 08-Nov-2018

II.4.

II.4.    Cursa memorial de 12 de septiembre de 2018, de incidente de actividad procesal defectuosa por defectos absolutos insubsanables dirigido al Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de Santa Cruz, a efectos que se remitan actuados a la Sala correspondiente para que los Vocales de la misma, declaren probado el incidente ordenando en consecuencia la nulidad del Auto de Vista 224, en razón a que no se le notificó debidamente para la audiencia (fs. 3 a 4 vta.); mediante memorial de 2 de octubre de igual año, dirigido al Tribunal mencionado, el accionante solicitó que no se lleve a cabo ninguna audiencia de revocación de medidas sustitutivas en razón a que se presentó el mismo día, incidente de actividad procesal defectuosa a la Sala demandada (fs. 5); del decreto de 5 del mes y año citados, se advierte que Ever Álvarez Orellana, Presidente del Tribunal dispuso “Estese a los datos del proceso” (sic) al memorial de 2 del mismo mes y año (fs. 5 vta.); cursa memorial presentado el 4 de octubre de 2018, de apersonamiento y planteamiento de incidente de actividad procesal defectuosa por defectos absolutos insubsanables dirigido a los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del cual el accionante, en razón a la negativa de trámite de memorial de 12 de septiembre de 2018, solicitó la nulidad del Auto de Vista 224 (fs. 6 a 8); y, del decreto de 5 de octubre, emitido por Sigfrido Soleto Gualoa, Vocal de la Sala mencionada, se dispuso que el memorial de 5 de octubre de 2018 sea remitido al Tribunal de origen (fs. 9).