SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2018-S1

Fecha: 26-Nov-2018

f)

f)     Sobre los otros elementos como ser: arrendamientos y el puesto de venta que la parte apelante cuestiona de ilegales, tal como estableció el Tribunal Constitucional a momento de interpretar esta norma, hace viable la modificación de las medidas cautelares, pero establece que quien vaya a oponer un elemento, y quien las contradiga, no debe hacerlo solo de palabra, sino que debe demostrar objetivamente su petición; que el contrato de arrendamiento necesita de algunas formas legales, o que el puesto de venta de golosinas, el cual se ha dado por aceptado en relación al trabajo (del accionante) no sería legal; son simples afirmaciones del apelante, que no pueden causar convicción en la autoridad para motivar su decisión, tomando en cuenta que su determinación no puede fundamentarse bajo aseveraciones de palabra.