SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2018-S1

Fecha: 28-Nov-2018

Fragmento 19

           En ese contexto y en alusión a la solicitud de nulidad impetrada por el accionante a través de la presente acción de amparo constitucional respecto al PROVEÍDO AN-GRCGR-SET-PROV-078/2017; por el cual, se hubiera rechazado el recurso de impugnación en sede administrativa por parte de la ahora entidad aduanera demandada se tiene que, por memorial de 7 de noviembre de 2017 la empresa BoA -ahora accionante- planteó recurso jerárquico en contra de la RA AN-GRCGR-ULECR 057/2017 de 13 de octubre, y que a través del proveído de referencia la Gerente Regional de Cochabamba a.i. de la Aduana Nacional de Bolivia, reiteró que la presentación del recurso de revocatoria contra el PROVEÍDO AN-GRCGR-SET-062/2017, jurídicamente era inviable alegando que los recursos de impugnación contra actos de la Administración Aduanera se encuentran regidos por los arts. 201 y 202 del CTB además de los arts. “195 y 4° de la ‘Ley 3092’” (sic); situación que fue reconocida por la entidad accionante a momento de haber sido notificados con las Resoluciones Sancionatorias emitidas por la Administración Aduana Aeropuerto y que el recurrente            -ahora accionante- tuvo conocimiento de las vías de impugnación a momento de ser notificado con las resoluciones sancionatorias emitidas por la Administración de Aduana Aeropuerto, que como se manifestó reiteradamente en todas las providencias emitidas por esta Gerencia Regional de Aduana, se encuentran firmes lo que obliga a su ejecución, por lo expuesto concluye que no puede atenderse la solicitud impetrada por el representante de BoA.