SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S4

Fecha: 26-Nov-2018

2)

2)  En cuanto a la omisión de argumentar la falta de auditoría jurídica al cuaderno procesal en la presentación en la excepción del imputado, las autoridades demandadas en el Auto de Vista 280, tomaron en cuenta que el proceso penal se inició el 11 de diciembre de 2009, momento a partir del cual comienza a correr el plazo previsto en el art. 133 del CPP, y que al no evidenciarse ninguna orden de rebeldía y no siendo exigible que el acusado presente un certificado del REJAP ni otras pruebas para demostrar que nunca fue declarado rebelde y acreditar la mora procesal, puesto que las pruebas estarían en el cuaderno procesal y en el cuadernillo de investigaciones elaborado por el Ministerio Público, cuando correspondía al Juez o Tribunal verificar el comienzo del plazo y los actos dilatorios en los que hubiera incurrido el imputado, en el caso de que éste fuera el responsable de la mora procesal o si la misma fuera atribuible a los otros sujetos procesales.