SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2018-S4

Fecha: 26-Nov-2018

teniendo como efecto la interrupción del plazo

Al respecto, si bien resulta evidente que por mandato del art. 315.III del CPP, existe la posibilidad de declarar los incidentes manifiestamente dilatorios, teniendo como efecto la interrupción del plazo de la prescripción de la acción penal, de la duración de la etapa preparatoria y de duración máxima del proceso; sin embargo, la consideración de los recursos y/o incidentes que hubiera formulado el imputado no necesariamente debe ser considerado para establecer o atribuir una mora procesal, sino para realizar un análisis contextualizado de todos los elementos que pudieron haber influido en el transcurso del tiempo, pues de ninguna manera puede ser interpretada esta labor como el desconocimiento al derecho a la defensa y a la impugnación de la que gozan las partes dentro de un proceso, sino como el deber de verificación de todos los elementos que conllevaron al transcurso de un determinado plazo, a fin de llegar a una conclusión objetiva respecto del plazo razonable, análisis que no consta en el Auto de Vista hoy cuestionado.