Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0853/2018-S3
Fecha: 07-Nov-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso y al principio de seguridad jurídica; puesto que la Sentencia 113 de 10 de agosto de 2016, el Auto de Vista de REG/S.CII/ASEN.008 de 31 de enero de 2017, y el Auto Supremo 1171/2017 de 1 de noviembre, no observaron la improcedencia del fraccionamiento de su inmueble, conforme lo dispuesto en el Reglamento General de Urbanizaciones y Subdivisiones de Propiedades Urbanas de Quillacollo, que tiene fuerza de ley por haber seguido los pasos necesarios para su aplicación y vigencia, ocasionándole perjuicios irreparables.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- Ambas partes se someterán a las resultas del proceso de conocimiento de cumplimiento de contrato,
- CONFIRMAR