SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0891/2018-S3

Fecha: 30-Nov-2018

1)

Ximena Katty Joaniquina Bustillos, Vocal de la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante informe escrito de 15 de octubre de 2018, cursante a fs. 135, señaló lo siguiente: 1) En el primer punto del Auto de Vista de 22 de agosto de 2018, en la parte de los antecedentes, se señaló que la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) ya tenía conocimiento del lugar en el que se iba a realizar la transacción de las sustancias controladas, es decir, dentro de un vehículo, siendo interceptado el accionante montado en una motocicleta, mostrando nerviosismo, en ese momento manifestó que una persona le contrató para que hiciera vigilancia y seguridad de la transacción de la sustancia controlada; y, 2) El impetrante de tutela, no mencionó en ningún momento que fue obligado a señalar que hacía vigilancia y seguridad, asimismo la declaración que fue tomada posteriormente tenía la presencia del fiscal y abogado defensor, por lo que no se vulneró ningún derecho o garantía del imputado.

1)   “De los antecedentes se tiene que la FELCN, por información de inteligencia sabía que en ese lugar se iba a realizar la transacción de la sustancia controlada, al percatarse que esa transacción se estaba realizando en un vehículo, intervinieron, pero las personas huyeron del lugar, ante esa circunstancia un grupo hace persecución y otro se queda en el lugar momentos en que pasaba en motocicleta el ahora recurrente…” (sic);